Las autoridades italianas toman medidas restrictivas adicionales para limitar la infección por el virus Sars-Cov-2

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El primer ministro Giuseppe Conte ha firmado un nuevo decreto que contiene nuevas medidas para hacer frente a la emergencia epidemiológica del Covid-19. Las autoridades italianas han tomado medidas restrictivas adicionales para limitar la infección por el virus Sars-Cov-2, que se aplicarán desde el 26 de octubre hasta el 24 de noviembre de 2020.

Medidas restrictivas adicionales adoptadas en Italia

Se recomienda encarecidamente que todas las personas físicas eviten viajar, por medios de transporte públicos o privados, excepto aquellos relacionados con el trabajo, la educación, motivos de salud, situaciones de necesidad o para tener acceso a servicios que no hayan sido suspendidos.

Las actividades se suspenden en salas de fitness, piscinas, spas. No se permiten competiciones y concursos deportivos amateur. Las representaciones con el público en teatros, salas de conciertos y cines están suspendidas, incluidas las al aire libre.

Actividades en bares, pubs, restaurantes, confiterías, etc. están permitidos entre las 05.00-18.00. Se permite el consumo de comida para un máximo de 4 personas, a menos que vivan todos juntos. Después de las 18.00 horas está prohibido consumir alimentos y bebidas en los espacios públicos y abiertos al público.

La actividad de la educación secundaria se lleva a cabo en una proporción de al menos el 75% en línea. Se recomienda encarecidamente evitar recibir a otras personas en domicilios particulares, excepto en situaciones de necesidad, urgencia o trabajo.

Están prohibidas las fiestas en interiores y exteriores, incluidas las relacionadas con la celebración de ceremonias civiles o religiosas.

Las siguientes medidas siguen en vigor en Italia

Es obligatorio llevar la máscara al aire libre en presencia de otras personas en toda Italia. El uso de una máscara también es obligatorio en todos los espacios cerrados, excepto en las casas privadas.

Se recomienda usar máscaras en hogares privados, si hay personas muertas presentes.

Las siguientes categorías están exentas de la obligación de llevar una máscara protectora:

  • personas que realizan actividades deportivas, niños hasta 6 años
  • personas con patologías y discapacidades incompatibles con el uso de la máscara
  • aquellos que a través de la interacción con las personas mencionadas se encuentran en la misma situación de incompatibilidad.

Es obligatorio mantener una distancia de seguridad de al menos un metro entre las personas. Quedan prohibidas las reuniones entre personas, tanto en interiores como en exteriores.

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