Condiciones de viaje en Portugal: prueba de PCR COVID-19 negativa, incluida Rumanía

1 2.228

Esta decretado Estado de emergencia en todo el territorio nacional (según Decreto no. 21-A / 2021) hasta Marzo 16 2021, en punto 23:59.

Restricciones de entrada al territorio nacional de Portugal.

Válido desde 00:00 del 02 de marzo de 2021 y hasta 23:59 del 16 de marzo de 2021:

I. Excepto niños de hasta 2 años de edad, Los pasajeros de los vuelos enumerados a continuación deben demostrar, al embarcar, que se han desempeñado con hasta 72 horas antes de abordar una prueba molecular (tipo RT-PCR) para detectar la infección por SARS-CoV-2, que es negativa, sin el cual no podrán abordar el avión. 

Este tráfico aéreo autorizado desde y hacia Portugal continental de todos los vuelos:

  • desde y hacia los Estados miembros de la Unión Europea y desde los Estados asociados al espacio Schengen (Liechtenstein, Noruega, Islandia y Suiza)Solo se recomiendan viajes esenciales desde y hacia los siguientes países:

Puede volar entre Rumanía y Portugal

  1. Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Francia, Hungría, Irlanda, Italia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, RUMANIA, Suecia, España;
  2. República Checa, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Letonia (estados con más de 500 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días); Los pasajeros en estos países están obligados a realizar, a su llegada a Portugal, un período de aislamiento de 14 días, en su domicilio o en un lugar designado por las autoridades sanitarias. Los pasajeros que viajen para viajes imprescindibles y cuya estancia en el territorio nacional, acreditada por el billete de ida y vuelta, no supere las 48 horas, están obligados a limitar su viaje a los imprescindibles para el fin por el que llegaron al país Portugal.
  • desde y hacia estados y regiones administrativas especiales, de acuerdo con las Recomendaciones del Consejo (UE) 2020/912 del 30 de junio de 2020 sobre conexiones aéreas con Portugal e incluidas en la siguiente lista: Australia, China ***, República de Corea, RAS Hong Kong ***, RAS Macao ***, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Tailandia (***sujeto a la confirmación del principio de reciprocidad), así como la entrada en Portugal de ciudadanos residentes en estos Estados / Regiones siempre que solo hayan estado en tránsito o transferencia internacional en aeropuertos ubicados en países distintos de los enumerados. 
  • desde y hacia países que no forman parte de la Unión Europea o que no son Estados asociados con el Espacio Schengen, exclusivamente para viajes esenciales.

Se consideran viajes imprescindibles en términos de la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, de 30 de junio de 2020, con las posteriores adiciones y modificaciones., las destinadas a permitir el tránsito, la entrada o la salida de Portugal de:

  • ciudadanos de la Unión Europea, ciudadanos de los Estados asociados de Schengen y sus familiares de conformidad con la Directiva 2004/38 / CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la UE, así como nacionales de terceros países que residan legalmente en uno de los Estados miembros de la UE;
  • nacionales de terceros países que viajen por negocios, estudios, reagrupación familiar, salud o razones humanitarias.

Todos los vuelos comerciales o privados hacia y desde el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Brasil están suspendidos.

  1. Los nacionales portugueses o ciudadanos de la Unión Europea o Estados asociados a Schengen, los nacionales de terceros países residentes en Portugal y sus familiares, así como los diplomáticos acreditados en Portugal, procedentes de países para los que es obligatorio presentar un Prueba molecular de PCR con resultado negativo para la infección por el virus del SARS-CoV-2 y quienes embarquen sin esta prueba, serán instruidos para realizar la prueba necesaria a su llegada a Portugal, en el aeropuerto, por su propia cuenta, no pudiendo salir del aeropuerto hasta que se obtenga el resultado, considerándose una infracción. A los nacionales de terceros países no residentes en Portugal que embarquen sin presentar una prueba se les negará la entrada en su territorio nacional.
  2. Los extranjeros no residentes en Portugal que llamen a un aeropuerto nacional deben esperar los vuelos de conexión dentro del aeropuerto.
  3. Todos los vuelos comerciales o privados hacia y desde el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Brasil están suspendidos. con destino o salida de aeropuertos o aeródromos portugueses. Esta suspensión se entiende sin perjuicio de los vuelos humanitarios con el fin de:
  1. Repatriación de ciudadanos portugueses, ciudadanos de la Unión Europea y ciudadanos de los Estados asociados de Schengen y sus familiares, de conformidad con la Directiva 2004/38 / CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 29.04.2004, así como nacionales de terceros países titulares de permisos de residencia en Portugal.
  2. Repatriación de extranjeros a Portugal continental.

Los pasajeros mencionados en la letra a) deben cumplir acumulativamente las siguientes condiciones:

  • demuestran que realizaron una prueba molecular (tipo RT-PCR) dentro de las 72 horas previas al embarque para detectar la infección por SARS-CoV-2, con resultado negativo, excepto en niños de hasta 2 años.
  • luego de ingresar al territorio nacional para ingresar en aislamiento profiláctico, por un período de 14 días, en el domicilio o en otro lugar que determinen las autoridades sanitarias, o bien esperar el vuelo de conexión a esos países en un lugar dentro del aeropuerto.
  • El control obligatorio de la temperatura corporal se mantiene mediante termómetros infrarrojos de todos los pasajeros que arriban al territorio nacional. La temperatura corporal relevante es igual o superior a 38o C. Por tanto, cualquier pasajero cuya temperatura sea igual o superior a 38o C, se dirigirá de inmediato a las estructuras médicas que operan en los aeropuertos nacionales, para repetir la medición de temperatura y realizar una prueba molecular, si es necesario.   
  • Para ingresar a los archipiélagos de Azores y Madeira, las autoridades requieren pruebas moleculares (tipo PCR) para la infección por SARS-CoV-2 (detalles abajo).
  • Se mantiene la prohibición de desembarcar pasajeros y tripulaciones de cruceros en puertos nacionales, con la excepción de ciudadanos portugueses y residentes en Portugal. 

POR TIERRA: Reintroducción del control en las fronteras terrestres y fluviales

  • Se reintroduce el control en las fronteras interiores portuguesas, terrestres y fluviales, de conformidad con el art. 6 / párr. 6 de la Ley 23/2007, de 4 de julio, con modificaciones posteriores, y del artículo núm. 28 del Código de fronteras Schengen, aprobado por el Reglamento (UE 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo) de 9 de marzo de 2016, modificado posteriormente.
  • Sin perjuicio de la cooperación entre las fuerzas y los servicios de seguridad, es responsabilidad del Servicio de Extranjería y Fronteras implementar estas medidas de control fronterizo y la Guardia Nacional Republicana realizar controles en los puntos de control autorizados.
  • Está prohibido el tráfico por carretera en la frontera terrestre interior, independientemente del tipo de vehículo, a excepción del transporte internacional de mercancías, el transporte de trabajadores transfronterizos y el movimiento de ambulancias, vehículos de liberación y servicios de emergencia.
  • El tráfico ferroviario entre Portugal y España está suspendido, excepto para mercancías.
  • El transporte fluvial entre Portugal y España está suspendido.
  • Las limitaciones de los puntos anteriores son sin perjuicio de:
  • El derecho de entrada de los ciudadanos portugueses y los titulares de permisos de residencia en Portugal;
  • El derecho de salida de las personas residentes en otros estados.

Aplicar, en el caso de extranjeros no residentes, las excepciones previstas a continuación:

  • Viajar con la finalidad de realizar actividades profesionales o equivalentes, debidamente documentadas, realizadas dentro de actividades internacionales.
  • Viajes con el propósito de salir del continente por ciudadanos portugueses que residan en otros Estados;
  • Viajar, con carácter excepcional, con fines de reagrupación familiar de cónyuges y miembros de la familia hasta el primer grado;
  • Viajar en aeronaves, embarcaciones o vehículos del estado o de las fuerzas armadas;
  • Viajes de carga y mensajería;
  • Viajes con fines humanitarios o médicos de emergencia, así como para el acceso a instalaciones de salud, en los términos de acuerdos bilaterales sobre la prestación de atención médica;
  • Balanzas técnicas para fines no comerciales;
  • Viajes con fines de transporte internacional de mercancías, un transporte de trabajadores transfronterizos y temporeros, con contrato de trabajo debidamente acreditado, el movimiento de vehículos de ambulancia, vehículos de liberación y el servicio de emergencia;
  • Los movimientos de los titulares de los órganos soberanos, cuando se encuentren en el ejercicio de la función;
  • Viaja a las regiones autónomas de las Azores y Madeira.

Se declaran los siguientes pasos fronterizos autorizados:

  • Cada día de la semana:
    • Valença-Viana do Castelo, salida Ponte Tuy-Valença-conexión IP 1-A 3, en Valença;
    • Vila Verde da Raia-Chaves, salida A 52, enlace con A 24, km 0, en la rotonda;
    • Quintanilha-Bragança, salida Ponte Internacional IP 4 / E 82, salida cruce Quintanilha o cerca de la sede de CCPA en N 218-1 Quintanilha;
    • Vilar Formoso-Guarda cerca de la línea fronteriza, Largo da Fronteira, cerca de CCPA, N 16 / E 80, enlace 620 Fuentes de oronoro, España, incluido el acceso a través del aparcamiento TIR, en camión, N 16, Vilar Formoso;
    • Caia-Elvas, salida A 6, km 158, conexión Caia-Elvas cerca del punto turístico, Elvas;
    • Vila Verde de Ficalho-Beja cerca de la línea fronteriza, conexión A 495 Rosal de la Frontera a IP 8, Serpa;
    • Castro Marim-Praça da Fronteira, km 131 a A 22, Puente Internacional Guadiana-Castro Marim.
  • en días laborables, entre las 6.00 y las 20.00:
    • Marvão-Portalegre, línea fronteriza, Marvão, conexión N 521 con Valencia de Alcântara en IC 13 Marvão;
  • en días laborables, de 06.00 a 9.00 y de 17.00 a 21.00:
    • Monção, Avenida da Galiza, km 15.300, EN 101;
    • Melgaço, Lugar do Peso, km 19,800, EN 202;
    • Montalegre, Sendim - Montalegre, frontera km 0, EN 103-9
  • en días laborables, de 7.00 a 9.00 y de 17.00 a 19.00:
    • Miranda del Duero, km 86.990, EN 218;
    • Termas de Monfortinho-Castelo Branco, empalme N 239 con N 240 en Termas de Monfortinho;
    • Mourão, punto fronterizo de S. Leonardo, km 7, EN 256-1;
    • Barrancos, EN 258, km 105.5, que conecta con HU -91
  • solo los miércoles y sábados, de 10.00 a 12.00:
    • Rio de Onor, punto fronterizo Rua da Costa, camino rural
Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.