Nuevas medidas de protección de la salud para clientes de terrazas y playas en Rumania, a partir del 1 de junio

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A partir del 1 de junio de 2020, se permiten las actividades de preparación, servicio y consumo de alimentos, bebidas alcohólicas y no alcohólicas en espacios especialmente dispuestos fuera de los edificios de las unidades de restauración públicas (terrazas) y también se permiten las actividades de operar playas turísticas.

Se abren las terrazas y playas en Rumania

Se han implementado medidas específicas para prevenir la propagación del virus SARS-CoV-2, en una primera fase de reinicio de las actividades turísticas. Por lo tanto, las medidas son obligatorias para todos los operadores económicos en el sector de la restauración pública y, respectivamente, para todos los operadores económicos o, según sea el caso, los administradores que realizan actividades de operación de playas turísticas.

Igualmente, todos los clientes de terrazas o playas turísticas en la costa rumana tienen la obligación de respetarlas.

PRINCIPALES MEDIDAS ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN AL CLIENTE EN EL ÁREA ESPECIALMENTE DISPUESTA FUERA DE LA UNIDAD PÚBLICA DE ALIMENTOS (TERRAZAS):

En la entrada habrá un triaje de observación y se prohibirá el acceso de clientes con síntomas visibles de infección respiratoria;

Los operadores económicos en el sector alimentario se asegurarán de que en la entrada y en los baños haya dispositivos con biocidas aprobados, necesarios para desinfectar las manos de los clientes, así como informarles sobre cómo usarlos;

Se recomienda establecer circuitos unidireccionales para que los clientes viajen dentro de la terraza, a fin de minimizar los contactos entre los clientes (por ejemplo: hacia y desde el inodoro);

Estará prohibido transferir menús, saleros, olivos y otros objetos de una mesa a otra. Se desinfectarán después de que los clientes abandonen una mesa y, cuando sea posible, se utilizarán menús desechables;

El personal usará máscaras y guantes.

Se garantiza que al servir la comida, el personal usará una máscara y guantes, y los guantes utilizados para servir no se usarán al preparar la comida;

Está prohibido consumir productos de pie, para minimizar el movimiento del cliente dentro de la terraza;

Se establece un número máximo de 4 clientes que pueden ocupar una mesa, siempre que se observe una distancia de 1,5 metros entre las personas, excepto que esta regla son miembros de la misma familia, que tienen el mismo domicilio;

Se garantiza la observancia de una distancia de al menos 2 metros entre los ocupantes de las mesas adyacentes;

La ocupación de los asientos se realizará con reserva previa, para evitar la congestión en la entrada de la unidad y facilitar la investigación epidemiológica en caso de enfermedad entre clientes locales;

También habrá un registro de reservas de clientes, de modo que en el caso de una infección por el virus del SARS-CoV-2 entre los clientes de la unidad de alimentos, habrá datos concretos sobre los cuales llevar a cabo la investigación epidemiológica;

Se garantiza que la desinfección de las mesas se realiza, después de cada cliente / grupo, con biocidas que requieren un tiempo de contacto mínimo, aprobado por la Comisión Nacional de Biocidas.

LAS PRINCIPALES MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA LA PROTECCIÓN DE TURISTAS EN LAS PLAYAS DE LA COSTA RUMANA:

Los operadores o administradores económicos, según sea el caso, tienen la obligación de colocar en un lugar visible las normas de acceso y comportamiento en la playa y al mismo tiempo garantizar medidas para respetar una distancia de 2 metros (izquierda / derecha, adelante / atrás) entre las tumbonas que se encuentran utilizado por personas de diferentes familias;

Los administradores garantizarán el acceso a la playa dentro de los límites de capacidad adoptados, al tiempo que mantienen la distancia física, desalientan el hacinamiento y limitan las grandes reuniones y tomarán medidas para restringir el acceso a la playa si se exceden los límites de capacidad establecidos y no se puede mantener la distancia física;

El acceso se garantizará mediante puntos de entrada claramente señalizados y se establecerán colores unidireccionales, separados, de entrada y salida, con la señalización de las distancias correspondientes;

La reserva del uso de la playa durante ciertos períodos de tiempo se realiza a través de un sistema de reservas en línea o por teléfono y / o la adopción de horarios de operación estratégicos o criterios de cierre flexibles;

Distancia de al menos 2 metros entre personas

Se debe mantener una distancia de al menos 2 metros entre las personas (incluidos los empleados) en todo momento, excepto para los miembros de la misma familia o si la seguridad de la actividad básica requiere una distancia más corta (por ejemplo, levantar equipo pesado);

Las áreas de trabajo (p. Ej., Sillas de salvavidas, torres) están dispuestas de manera que las personas que prestan servicios en la playa estén separadas al menos a 1,5 metros. Cuando no sea posible el espaciado, se debe prever el uso de máscaras protectoras o barreras físicas, como paneles de plástico / plexiglás;

El servicio de los clientes será realizado por el personal empleado de la playa concesionada, sin el movimiento de los clientes en los puntos de servicio;

En el caso de playas no concesionadas, la administración pública local será responsable de mantener las reglas de distancia física y evitar la formación de aglomeraciones;

El equipo de playa (por ejemplo, sillas, hamacas, sombrillas) debe usarse individualmente, sin que este equipo se comparta entre personas que no son miembros del mismo hogar y, antes y después de cada uso, debe limpiarse y desinfectarse con productos biocidas aprobados;

Los inodoros en la playa deben estar provistos de consumibles adecuados para la higiene: agua, jabón, desinfectante con al menos 60% de alcohol, toallas de papel y botes de basura sin tocar. Se garantizará la limpieza y desinfección frecuentes;

No se permiten actividades deportivas o de ocio.

No se permiten actividades deportivas o de ocio, excepto en espacios especialmente diseñados para este propósito, con la limitación del número de personas que no pertenecen a las mismas familias;

El personal del operador económico o el administrador de la playa, según sea el caso, usará una máscara y se le proporcionarán dispositivos biocidas aprobados y productos necesarios para la desinfección de las manos de los turistas e información sobre cómo usarlos.

Si la situación epidemiológica lo permite, se evaluarán las medidas de seguridad sanitaria adoptadas por los dos actos normativos y, en la perspectiva del reinicio paulatino de las actividades en el ámbito del turismo, respectivamente para la segunda fase prevista para el 15 de junio, se tendrá en cuenta. otra relajación de restricciones.

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